COOPERATIVA CAMPESINA INTEGRAL DEL CESAR – COOCIC
RESOLUCION N° 05 2025
Por la cual se adoptan las normas de uso y conservación del auditorio de la Cooperativa Campesina Integral del Cesar – COOCIC
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION Y LA GERENCIA DE LA COOPERATIVA CAMPESINA INTEGRAL DEL CESAR – COOCIC
En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la ley 79 de 1988, los estatutos sociales de COOCIC y las políticas internas de administración de bienes sociales, y
CONSIDERANDO
- Que la Cooperativa Campesina Integral del Cesar – COOCIC dispone de un auditorio institucional destinado a eventos sociales, culturales y formativos, tanto internos como externos.
- Que en el desarrollo de dichas actividades se han evidenciado daños al mobiliario, deterioro en paredes, cuadros decorativos, pisos, acumulación de residuos y desorganización en la disposición de sillas y mesas, afectando el adecuado estado de las instalaciones.
- Que corresponde al Consejo de Administración y a la Gerencia, conforme a lo establecido en los artículos 29 y 33 de la ley 79 de 1988, velar por la conservación de bienes sociales y expedir normas para su buen uso y preservación.
- Que es deber de los asociados y usuarios de COOCIC dar un manejo adecuado a los bienes comunes, en cumplimiento de los principios de responsabilidad, solidaridad y cuidado del patrimonio colectivo.
- Que se hace necesario establecer un reglamento claro de uso del auditorio, con el fin de garantizar el cuidado de las instalaciones, prevenir daños y fijar responsabilidades frente a su utilización.
RESUELVE
ARTICULO 1: Adoptarse como normas de obligatorio cumplimiento las disposiciones contenidas en la presente resolución, aplicables a todos los asociados, terceros o entidades que hagan uso del auditorio.
ARTICULO 2: El auditorio deberá entregarse en iguales condiciones de orden, aseo y organización en que fue recibido.
ARTICULO 3: El mobiliario, sillas, mesas, cuadros, equipos y demás elementos deberán utilizarse de manera adecuada. Cualquier daño ocasionado será asumido económicamente por el responsable del evento.
ARTICULO 4: Queda prohibido rayar, perforar, clavar, pegar o realizar cualquier acción que deteriore paredes, techos, pisos, ventanas o puertas; así como retirar, descolgar o manipular decoraciones y señalizaciones del auditorio.
ARTICULO 5: Las sillas y mesas deberán quedar organizadas tal como fueron entregadas. Esta prohibido dejarlas regadas o desordenadas.
ARTICULO 6: Todos los residuos deberán recogerse y depositarse en los puntos ecológicos designados. No se permite dejar basura, restos de comida ni líquidos que generen humedad o deterioro.
ARTICULO 7: El solicitante del auditorio será responsable de los daños, perdidas o deterioro que se produzcan durante su uso.
ARTICULO 8: El incumplimiento de este reglamento dará lugar a:
- Exigir el pago total de los daños ocasionados.
- Suspender o negar futuros alquileres del espacio.
- Reportar la infracción a los órganos de control de la Cooperativa.
ARTICULO 9: El préstamo o suministro de recursos adicionales de la cooperativa ( extensiones eléctricas, equipos, mobiliario distinto al entregado, elementos de cafetería o insumos de hidratación) no esta contemplado dentro del servicio del auditorio. En consecuencia, cada usuario deberá proveer de manera autónoma lo que requiera para la ejecución de sus actividades, garantizando así la preservación de los bienes e instalaciones de COOCIC
ARTICULO 10: El uso del auditorio de COOCIC estará sujeto a un costo por hora, el cual será informado de manera clara y oportuna al solicitante en el momento de diligenciar el formulario de solicitud y compromiso de uso del auditorio, Dicho valor será fijado por la Administración de COOCIC conforme a las políticas internas vigentes.
ARTICULO 11: La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y deberá publicarse en lugar visible dentro de las instalaciones de COOCIC y darse a conocer a las diferentes personas o entidades que soliciten dicho espacio.
Dado en Tamalameque / Cesar a los 08 dias del mes de septiembre del año 2025.
NILSON HERNANDEZ MONTESINO (Presidente – Consejo de Administración)
WILLIAM MERCADO TOVAR (Gerente – COOCIC)
